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Las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad están exentas en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. La sentencia de junio de 2017, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha sido confirmada por el Supremo. La Agencia Tributaria tendrá que regularizar las cantidades ingresadas en el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas.